Cláusula Rebus. STS 156/2020-Artículo de Javier Orduña

Cláusula Rebus. STS 156/2020, de 6 de marzo. Distinción entre contratos de “larga y corta duración”

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La reciente STS 156/2020, de 6 de marzo, con relación a la cláusula rebus sic stantibus, aporta como novedad, la introducción, en el debate de los requisitos de aplicación de esta figura, de la distinción entre “contratos de larga y de corta duración”, como elemento comparativo determinante de su posible aplicación.